http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/estatuto_tributario.html#TITULO%20PRE
LEY 1429 DE 2.010
Ley
denominada de formalización y primer empleo.
Es importante
resaltar el contenido normatario de esta Ley:
1. Normas especiales, dirigidas a quienes se
formalicen,
2.
Normas generales destinadas a todas las personas naturales y jurídicas que
puedan acogerse a los beneficios establecidos como descuentos tributarios y la
simplificación de trámites en materia laboral y comercial, éstos últimos en condiciones
ordinarias y en situaciones extraordinarias (Ley de reorganización empresarial).
El artículo 4 de la ley establece la progresividad en el
porcentaje aplicable a la tarifa de impuesto sobre la renta según corresponda a
persona jurídica del
régimen
ordinario o persona natural.
La
norma está encaminada a que en virtud de la formalización dada vía inclusión,
creación o reactivación, este tipo de personas tendrán una tarifa cero de
impuesto sobre la renta durante sus dos años de operación a partir del inicio
de la actividad principal y en adelante la tarifa aumentará porcentualmente.
El artículo 9 por su parte establece la opción de tomar
como descuento tributario el pago de aportes a seguridad social, parafiscales y
fosyga que un contribuyente haga por la generación de
empleo.
Los emprendedores en creación de empresas cuyo
personal no sea superior a 50 trabajadores y cuyos activos totales no superen
los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, podran acceder de
inmediato a beneficios impositivos.
http://actualicese.com/actualidad/2011/01/06/infografia-ventajas-tributarias-de-la-ley-1429-de-diciembre-de-2010/