Establecimientos de Comercio
Para que un establecimiento de comercio pueda abrir legalmente al público, debe cumplir una serie de requisitos:
Inscribirse en el registro mercantil.
Todo establecimiento de comercio debe inscribirse en el registro
mercantil, entendido ese como el instrumento legal que tiene como objeto
llevar la matricula de los comerciantes y de los establecimientos de
comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y
documentos del comerciante. El registro mercantil es tramitado en la
Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción.
Diligenciar el certificado de uso de suelos
Antes de proceder a la apertura de un establecimiento de comercio, es
preciso diligenciar en la oficina de planeación municipal o quien haga
sus veces, el certificado de uso de suelos.
El objetivo de este certificado, es que la autoridad competente
certifique que la actividad desarrollada por el establecimiento
cerificado, puede desarrollarse en el lugar.
Esto es importante si se tiene en cuenta que en determinados sectores
de una ciudad no se pueden desarrollar ciertas actividades, como es el
caso de los bares y expendios de bebidas alcohólicas, los cuales no
pueden funcionar en determinadas zonas. Así como tampoco una fabrica no
se puede instalar un una zona clasificada como residencial.
Adquirir el certificado de Sayco & Acinpro.
Los establecimientos de comercio que utilizen música o difusión
de cualquier obra protegida por derechos de autor, debe pagar los
respectivos derechos.
Si el establecimiento de comercio no hace utilización de este tipo de
obras, debe de todas formas adquirir el certificado de no usuario de
música y demás obras sometidas a derechos de autor.
Adquirir el concepto sanitario.
Todo establecimiento de comercio cuyo objeto social sea el expendio
de productos alimenticios, debe disponer de su respectivo concepto
sanitario.
Igualmente, todos los empleados que manipulen alimentos, deben tener su certificado de manipulación de alimentos.
El concepto sanitario comprende aspectos como la seguridad de las instalaciones y el nivel de sanidad del establecimiento.
Al no contar con este concepto, el establecimiento puede ser objeto
de cierre, o las mercancías pueden ser decomisadas, en caso de presentar
riesgo para los consumidores.
Certificado de seguridad.
El certificado de seguridad es expedido por el respectivo
departamento de bomberos, y busca que el establecimiento de comercio
cumpla con las normas de seguridad en lo concerniente a extintores,
salidas de emergencia, botiquín de primeros auxilios, y demás mecanismos
y herramientas de seguridad que permitan en un momento dado atender una
emergencia que se presente dentro del establecimiento.
Control de pesas y medidas.
Las pesas y medidas que se utilicen en el establecimiento de
comercio, debes estar debidamente “calibradas” de manera tal que cumplan
con su objetivo de forma exacta, puesto que vender productos con
medidas y pesos diferentes a los reales, es sancionable.
Lista de precios.
El comerciante debe hacer público los precios de sus productos, lo
cual puede hacer colocándolos en el empaque o en el envase, o en una
lista general visible.
Inscripción en el Rut.
Todo comerciante debe inscribirse en el Rut, y en el caso de ser un
comerciante perteneciente al régimen simplificado, deberá exhibir el Rut
en un lugar visible del establecimiento de comercio.
En términos muy generales, los anteriores son los requisitos más
comunes que debe cumplir un establecimiento de comercio para poder abrir
al público.
Es recomendable tener una carpeta con
todos los documentos, para presentarlos a las autoridades que en
cualquier momento pueden visitar el establecimiento.